Criterios principales del crédito
El tipo de financiación más común tiene como base la solidez de la transacción de exportación. Este tipo de financiación se conoce como financiación transaccional. Por regla general, la línea de crédito acordada entre el banco y el exportador de algodón, y cada utilización por parte de este último, están directamente vinculadas a la transacción comercial subyacente. La financiación cubre el período comprendido entre la compra del algodón o su proceso de producción hasta el pago final de las ventas por parte del comprador del algodón.
Las estructuras típicas de financiación transaccional para los productores de algodón y los comerciantes que participan en las exportaciones son servicios básicos de préstamo, financiación de existencias, transacciones prevendidas y transacciones cruzadas de cobertura, cuando la cantidad y la calidad del algodón comprado y revendido son las mismas.
Los principales criterios en que se basan los bancos para evaluar la solidez de una transacción de exportación son los siguientes:
- La solvencia y fiabilidad del comprador;
- La situación y las condiciones del contrato de venta para la exportación;
- La calidad, el almacenamiento, el transporte y el tratamiento del algodón;
- El precio y los riesgos cambiarios;
- La capacidad del exportador de entregar el algodón según lo acordado.
Como norma para toda financiación, los bienes de exportación deberán cumplir las especificaciones industriales, gubernamentales y contractuales. El pago por parte del comprador deberá ajustarse, entre otras, a las normativas estatales en materia de divisas.
La financiación transaccional está sujeta a la presentación de la debida documentación del préstamo, entre otras cosas, para: el traspaso de cuentas, los efectos a cobrar, las pólizas de seguro y los beneficios derivados de los contratos de exportación; la pignoración de la mercancía; y posiblemente también de depósitos de garantía como hipotecas.
La base del préstamo y la financiación de existencias guardan una relación directa con las existencias físicas: estas existencias son almacenadas por lo general en almacenes idóneos, están debidamente marcadas, almacenadas por separado y son claramente identificables. La mercancía almacenada debe estar representada preferentemente por títulos de propiedad (p.ej. resguardos de garantía). Se contratará un seguro comercial adecuado que cubra todos los riesgos de almacenamiento, transporte y carga a bordo de un buque.
Mitigación del riesgo de falta de pago del comprador
Un riesgo importante al que deben hacer frente el exportador de algodón y el banco de financiación en una financiación transaccional es la falta de pago del comprador por el algodón entregado. Por ello es de vital importancia evaluar detenidamente la capacidad y la voluntad del comprador de efectuar el pago. En los casos en que el banco concede la financiación, los efectos a cobrar son cedidos al banco, y el comprador efectúa el pago en la cuenta que el prestatario tiene en el banco de financiación.
A continuación se indican algunos de los mecanismos que pueden utilizarse para eliminar o, al menos, mitigar el riesgo de falta de pago por parte del comprador:
Cartas de crédito (C/C)
La C/C es un instrumento de pago en el cual un banco asume la obligación de pago del comprador. Una C/C es:
- Una garantía por escrito del banco
- A la orden del solicitante (comprador)
- De pagar una cantidad específica
- Al beneficiario (exportador)
- En la moneda acordada
- Contra la presentación de documentos que sean conformes al crédito documentario
- Dentro de los plazos prescritos.
El flujo de información sobre el pago se muestra en la figura 3.1.
Una de las mayores ventajas de la C/C es que el banco efectuará el pago independientemente de la voluntad de pagar del comprador (lo que significa que el comprador no podrá retener el pago bajo ningún pretexto), siempre que se presente toda la documentación estipulada en el crédito documentario. Por ello es muy importante que el exportador se asegure de que en los documentos no existe ninguna discrepancia: si la hubiera, el banco ya no estará obligado a pagar.
Otra ventaja importante es que las C/C están sujetas a los Usos y prácticas uniformes en materia de Créditos Documentarios (UPU), que son reconocidos y aceptados en todo el mundo.
Cuando elige una C/C, el exportador de algodón traslada al banco su riesgo de falta de pago del comprador. El riesgo puede ser mitigado además pidiendo a otro banco (uno con más crédito, por ejemplo) que confirme la correspondiente C/C. En este caso, el banco confirmante se compromete a pagar lo estipulado en la carta de crédito contra la presentación de documentos que sean conformes con la C/C. La confirmación de un banco situado en un país distinto de aquel en que está domiciliado el banco emisor exime a este banco de los riesgos de transferencia, políticos y de crédito.
Cartas de crédito contingentes
La carta de crédito contingente es un tipo especial de crédito documentario. La finalidad de la C/C contingente es básicamente lamisma que la de una garantía: es pagadera a la vista y sinobjecionesnidefensas enbase a la transacciónsubyacente. Este tipo de C/C se utiliza para garantizar una posible reclamación del beneficiario contra el solicitante por incumplimiento de contrato. Puede cubrir obligaciones de cumplimiento por parte del exportador u obligaciones de pago por parte del comprador. Los documentos para la reclamación bajo la C/C contingente deben entregarse dentro del plazo estipulado en la C/C y en el formato exigido. Estos documentos deben probar que la parte que solicitó la C/C contingente no ha cumplido sus obligaciones o no lo ha hecho suficientemente.
Cobros de créditos documentarios
El cobro de créditos documentarios ofrece al exportador una seguridad mucho mayor que la venta sobre cuenta abierta, pero no tanta como una C/C. Los riesgos crediticios, políticos y de transferencia, por ejemplo, no están cubiertos. Los cobros de créditos documentarios pueden ser:
- Documentos contra pago (DP) – instrucciones bajo una orden de cobranza de entregar los documentos al comprador contra pago; o
- Documentos contra aceptación (D/A) – instrucciones bajo una orden de cobranza de entregar los documentos al comprador contra aceptación de una letra de cambio librada sobre ella.
La ventaja de los cobros de créditos documentarios es que los documentos y, por lo tanto, el algodón pueden ser entregados al importador en el mismo momento del pago de la suma debida o la aceptación de un giro. Los cobros de créditos documentarios están sujetos asimismo a las Uniform Rules for Collections (Reglas uniformes para las cobranzas). No obstante, si el importador rechaza los documentos, el exportador puede sufrir pérdidas. El exportador podría ser obligado a encontrar un comprador alternativo, lo cual podría resultar sumamente costoso o incluso imposible.