Un organismo de certificación puede establecerse como una
entidad privada, no gubernamental, un ente público o como una
combinación de los dos. Puede basarse en una iniciativa puramente
privada o pública, ó, en cooperación entre varios agentes del
sector y sobre la base de variados intereses. Para asegurar que el
ente sea solvente es importante cerciorarse que los servicios que
vaya a ofrecer hacen parte de las demandas de los operadores y
potenciales operadores orgánicos. Los servicios deben además
ofrecer acceso a mercados a precios competitivos. Los organismos de
certificación deben estar conforme con la Guía 65 ISO/IEC para
poder ser acreditados en los mercados internacionales. Esta Guía
puede adquirirse dirigiéndose a las organizaciones locales de
estándares. Además, para obtener esta acreditación en los mercados
internacionales relevantes, los organismos deben también cumplir
con los requerimientos y condiciones de certificación específicas a
los entes de certificación de dichos mercados. Por ejemplo, si un
organismo quiere ser reconocido en los Estados Unidos, éste deberá
mostrar sus competencias y su fiabilidad de certificación en
función de los Estándares Orgánicos Nacionales aplicados en los
Estados Unidos. Un ente de certificación local puede ser
establecido con la ayuda y cooperación de un organismo de
certificación internacional o una organización que provee
asistencia técnica en este tema. Los documentos necesarios y
relevantes para dicho establecimiento pueden ser adquiridos por
ejemplo dirigiéndose a la "International Federation of Organic
Agriculture Movement" - IFOAM, http://www.ifoam.org . Los pasos a
seguir y las consideraciones a tomar en cuenta para establecer
entes locales de certificación est´n descritos en diferentes
reportes. Una publicación sobre este tema es: "Building Trust in
Organics: A Guide to Setting Up Organic Certification Programmes",
escrita por G. Rundgren y publicada por la IFOAM en 1997. |